Para perdonar y para dejarse perdonar hay que dar un salto en el vacío, agarrándose a la lógica de la reconciliación -justicia rehabilitadora-, en vez de exigir con “justicia” (?) vindicativa satisfacciones para aplacar sentimientos de venganza
También quien perdona, si es humano, tendrá que reconocer que “nadie está libre de pecado” y tendrá que arriesgarse a confiar que la parte indultada reconocerá-agradecerá el perdón
Si desde posturas sedicentes “religiosas” se rechaza el perdonar o se exige como condición la evidencia del arrepentimiento y garantía de la enmienda, ¿hay religiosidad auténtica en esa postura?
Y si desde posturas acusadas de laicismo antirreligioso (aunque sean auténticamente laicas en el mejor sentido de la palabra), se hace el esfuerzo del reconocimiento requerido para perdonar y dejarse perdonar, para indultar y dejarse indultar, ¿con qué derecho se les coloca el letrero de anti-religiosidad?